Divorcios
Presentación conjunta o unilateral, convenio regulador y liquidación de los bienes. Un trámite que conviene atravesar con la menor tensión posible.
Desde la reforma del Código Civil y Comercial el divorcio no requiere expresar una causa ni esperar plazos: puede pedirlo cualquiera de los dos, en cualquier momento.
Lo que sí requiere acuerdo —o decisión judicial— son los efectos: los bienes, la vivienda, y todo lo relativo a los hijos. Ahí es donde de verdad se trabaja.
Qué incluye
- Divorcio por presentación conjunta
- Divorcio unilateral
- Convenio regulador
- Liquidación de la comunidad de bienes
- Atribución de la vivienda familiar
- Compensación económica
- Acuerdos sobre los hijos
- Homologación judicial
Cómo trabajamos
- Consulta Me contás qué pasó y revisamos la documentación que tengas.
- Estrategia Te digo con franqueza si hay un reclamo viable, qué camino conviene y qué esperar de cada opción.
- Acompañamiento Llevo el caso y te mantengo al tanto en cada etapa, en palabras simples y sin vueltas.
Preguntas frecuentes
¿Necesito que mi ex esté de acuerdo?
No. El divorcio puede pedirlo uno solo de los cónyuges y no hace falta invocar una causa. El acuerdo hace falta para los efectos —bienes, vivienda, hijos—; si no lo hay, esos puntos los resuelve el juez.
¿Cuánto tarda?
Si hay acuerdo y se presenta un convenio regulador completo, suele ser bastante rápido. Cuando hay desacuerdo sobre bienes o sobre los hijos, los tiempos se estiran según lo que haya que discutir.
¿Y si no tenemos bienes?
El trámite es más simple: se resuelve básicamente con la presentación y, si hay hijos, con los acuerdos que los involucran.
Contame tu caso y lo vemos juntos.
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